Alta como persona física
con actividad empresarial
y profesional (honorarios)

SERVICIOS

Alta como persona física con actividad empresarial y profesional (honorarios)

Obligaciones: El ISR es el único impuesto que, tú como médico, estás obligado a pagar, ya que los servicios médicos están exentos de IVA. Para poder empezar a tributar adecuadamente, debes seguir los siguientes pasos y cumplir con las siguientes obligaciones: 

  • Inscribirte en el RFC
  • Alta de firma electrónica.
  • Facturar electrónicamente 
  • Llevar contabilidad

 

Si tus ingresos en el año anterior (a declarar) no excedieron de dos millones de pesos, puedes llevar tu contabilidad en el programa “Mis Cuentas” del portal SAT donde registras tus ingresos, gastos e inversiones. Para ingresar al programa solo requieres tu RFC y firma electrónica. Si tus ingresos excedieron de dicho monto, debes llevar tu contabilidad en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML.

  • Presentar declaraciones mensuales y anual: Se presentan desde la página del SAT, a mas tardar el día 17 de cada mes y ésta te genera tu pago referenciado. Cada mes debes pagar tus impuestos si saliste a cargo. La declaración anual se vence los 30 de abril, si metes deducciones personales podrás salir con saldo a favor. 

 

  • Deducciones: Todos los meses para el cálculo de tu impuesto provisional, podrás deducir los gastos que sean indispensables para el giro de tu actividad. Ejemplo: renta de oficina o consultorio, material para curación, compra de activos fijos como mesa de exploración, algún escritorio, computadora… pago de sueldos, ya sea ayudante, enfermera… por mencionar algunos